Veinte días hábiles (excluidos sábados,domingos y festivos conforme al artículo 30.2 de la Ley 39/2015) desde el momento del despido.
El plazo para pedir la prestación contributiva es de 15 días hábiles desde la fecha del cese en el trabajo, es decir, 15 días sin contar sábados, domingos ni festivos, a partir del día siguiente a la fecha del despido, fin de contrato, etc (lo que se conoce como fecha de “situación legal de desempleo”).
Para la devolución del exceso pagado en el sello agrícola hay que dirigirse a la Administracion de la Seguridad social correspondiente al domicilio del obligado al pago. A través de la Sede Electrónica >Ciudadano >recaudación > devolución de Ingresos de regímenes y sistemas especiales. Si estas afiliado desde el sindicato te podemos ayudar a solicitarla si lo precisas.
1.-Entrar en sede electrónica del SEPE.
2 Pulsar en el botón azul “Acceso solicitudes” que aparece al final
3.Pinchar en “Solicitud de prestación contributiva”.
4. Identificarse con alguna de las acreditaciones citadas.
5 Rellenar la solicitud y enviarla. Si estas afiliado desde el sindicato te podemos ayudar a solicitarla si lo precisas.
La deducción en el IRPF puede suponer un ahorro en la cuota anual sindical de entre un 20% y un 30% según los casos…..
Desde nuestra pagina tienes un enlace directo para poder solicitarla.
El plazo máximo para reclamar es de un año. En redes disponemos de abogados que te pueden ayudar en cualquier tipo de reclamación laboral.